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Según la Sala, la “actuación de las hermanas siempre estuvo guiada por la buena fe y amparada por el error"
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha anulado la multa de cien mil euros que la comunidad autónoma impuso a la madre abadesa de las monjas clarisas del convento de Elche (Alicante) por el traslado al mismo de un centenar de bienes que estaban en el Real Monasterio de la Encarnación de la localidad murciana de Mula.
La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, estima el recurso que la abadesa presentó contra la resolución de la Consejería de Educación y Cultura de mayo de 2021 que le impuso aquella multa por el traslado de bienes muebles, cuadros, esculturas y ornamentos de culto, entre otros, sin contar con autorización para ello.
Dice la Sala que la “actuación de las hermanas siempre estuvo guiada por la buena fe y amparada por el error de pensar que los objetos trasladados no estaban afectados por la declaración de Bien de Interés Cultural (BIC) que tiene el Real Monasterio de Mula desde 1981, cuando se convirtió en monumento histórico-artístico de carácter nacional.
Y añade que en esa declaración no constaba ninguna relación detallada de los bienes o elementos afectados por la misma, por lo que no es posible imputar a la abadesa infracción alguna, además de señalar que, una vez alcanzado un acuerdo entre las partes en cuanto a los aspectos jurídicos del caso, las obras llevadas a Elche fueron devueltas a Mula.
También indica la sentencia que el traslado de los bienes fue acordado por las monjas clarisas cuando decidieron cerrar el monasterio murciano porque, por falta de vocaciones, quedaban en el mismo solo dos hermanas, y que lo hicieron para su conservación.
La multa de cien mil euros, ahora anulada por el TSJRM, fue impuesta por la comunidad autónoma de la Región de Murcia tras las protestas vecinales y del propio ayuntamiento de Mula, que desde el primer momento reclamaron la devolución del patrimonio enviado al monasterio ilicitano.
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